Reconquista 538, P/B, oficina 5, CABA. Bs. As.
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La ciudadanía italiana se transmite de padres a hijos (“jus sanguinis”), sin salto de generaciones, por lo tanto, se debe presentar la documentación de todas las personas que integran la cadena de transmisión sin omitir a ninguna. Es necesario ser descendiente en línea recta de un familiar que sea ciudadano italiano, por ejemplo bisabuelo, abuela o padre. En el caso de las mujeres (madre, abuela, bisabuela, etc.) transmiten la ciudadanía a los hijos/ hijas nacidos después del 01 de enero de 1948.
Con base al contenido de la ley, podemos sintéticamente reconducir los modos de adquisición de nuestra ciudadanía a los casos siguientes:
Puede volverse ciudadano italiano por efecto del matrimonio con un/a ciudadano/a italiano/a. Existen, no obstante, diversas situaciones según la fecha de celebración del matrimonio:
Antes del 27 de abril de 1983: la mujer extranjera que se casaba con un ciudadano italiano adquiría automáticamente la ciudadanía (no existía, contrariamente, ninguna adquisición automática para el extranjero casado con una ciudadana italiana).
Después del 27 de abril de 1983: no existe más ninguna forma de adquisición automática de la ciudadanía en base al matrimonio con un ciudadano italiano. La persona que se casa con un ciudadano italiano puede solicitar la adquisición de la ciudadanía por naturalización, después de tres años de matrimonio en caso de residencia en el exterior o después de seis meses si residen en Italia. La solicitud se puede presentar a través de esta agencia consular, consultando la lista de los documentos a presentar.
La solicitud no determina ningún derecho a la concesión de la ciudadanía y se transmite a través de esta agencia consular al "Ministero dell'Interno" que se ocupa de la fase de instrucción y que, en caso de aceptación, emite el decreto correspondiente. El seguimiento del trámite tiene una duración de por lo menos 18/24 meses.
Documentación a presentar:
Observaciones importantes
Para los naturalizados antes de esa fecha (y que por lo tanto han perdido la ciudadanía según la normativa anterior), se aclara lo siguiente:
Importante
Todas las partidas deben ser expedidas en copia autenticada por los respectivos registros de estado civil, acompañadas de fotocopia simple. Particular atención debe dispensarse al control de las mismas en lo referido a la correlación y correspondencia entre los datos de las partidas argentinas y el certificado de nacimiento del ascendiente italiano: nombres, apellidos, fechas, edades, lugar de nacimiento, etc. En presencia de eventuales variaciones u omisiones, deberá solicitarse la rectificación de las mismas.
Todas las traducciones deberán ser realizadas por un traductor público matriculado.
Todos los interesados mayores de 18 años que residan en esta jurisdicción consular, deberán presentar su solicitud en forma personal, identificándose con su Documento Nacional de Identidad.
Advertencia
Queda establecido que se mantiene firme el derecho de esta agencia consular de solicitar ulteriores modificaciones en las partidas, requerir documentación suplementaria y, eventualmente, (con correspondiente motivada nota) rechazar la solicitud aún después de haber recibido la documentación traducida, en el caso de verificarse inconvenientes insalvables que impidan la realización del trámite.
Además del caso de matrimonio con un ciudadano italiano, se puede obtener la naturalización después de un período de residencia legal en Italia. Para informaciones más detalladas sobre este argumento visitar el sitio del Ministero dell'Interno italiano.
El extranjero adoptado por un ciudadano italiano adquiere la ciudadanía italiana, si la adopción se declaró durante la minoría de edad del hijo (adopción plena). La circunstancia debe ser comprobada mediante la sentencia que declaró la adopción. El reconocimiento de la ciudadanía culmina cuando sea registrada la sentencia de adopción en la comuna italiana competente. Luego de la registración de la sentencia, el consulado envía el acta de nacimiento a la comuna. Solo a partir de este momento se puede, por ejemplo, tramitar el pasaporte.
La Ley "Nuove Norme sulla cittadinanza", Ley 91 del 05 de febrero de1992, art. 11, contempla la posibilidad, para quien posee otra ciudadanía, de renunciar a la italiana efectuando una declaración de voluntad ante el Encargado del Registro Civil italiano (para los residentes en esta circunscripción Consular la competencia es del Agente Consular).
Documentos
Solicitud de admisión a la declaración de renuncia a la ciudadanía italiana.
Copia integral de nacimiento expedido por la comuna italiana donde está inscrita el acta.
Certificado de ciudadanía italiana (expedido, en el momento de la presentación de la solicitud, por esta agencia consular).
Documentación relativa a la posesión de la ciudadanía extranjera y a la residencia en la circunscripción consular (DNI o documento equivalente, con validez).
A continuación podrá leer acerca de la doble ciudadanía, recuperación de la ciudadanía italiana y algunos casos particulares.
¿Qué quiere decir doble ciudadanía?
Cada Estado es libre de establecer los criterios para la atribución de la propia ciudadanía;
es posible por lo tanto, que un mismo individuo por la contemporánea aplicación de distintas reglamentaciones, posea dos o más ciudadanías.
El caso típico es justamente aquel de los italo-argentinos: el principio general de la ley italiana es el de "ius sanguinis", en base al cual la ciudadanía se adquiere por descendencia de un ciudadano italiano, independientemente del lugar de nacimiento del interesado; el principio general de la ley argentina es el de "ius soli" en base al cual la ciudadanía se adquiere por nacimiento en el territorio del Estado.
¿En qué consiste el acuerdo italo-argentino de ciudadanía?
Ratificado en Italia con la Ley 282 del 18 de mayo de 1973, establece que la adquisición de la ciudadanía argentina no conlleva - para aquellos que se benefician de esa reglamentación especial - a la pérdida de la ciudadanía de origen, que es en cambio conservada en forma "latente" (es decir con suspensión de los derechos políticos, civiles, etc.).
Esa "latencia" cesa al transferir la residencia a Italia, que produce la recuperación automática de todos los derechos.
Además, es posible volver a gozar de la plenitud de los derechos aún sin transferirse a Italia, efectuando una declaración de revocación; esa declaración debe ser efectuada en presencia de dos testigos en la oficina consular. La declaración de revocación no constituye declaración de readquisición de la ciudadanía según el artículo 17 de la Ley 91/92, y por lo tanto, puede ser realizada en cualquier momento.
¿El que perdió la ciudadanía italiana la puede recuperar?
El ciudadano italiano que haya adquirido una ciudadanía extranjera antes del 16.8.1992, perdiendo por lo tanto automáticamente la ciudadanía italiana, puede recuperarla si vuelve a residir en Italia por un período de por lo menos un año.
Las personas que han adquirido la ciudadanía extranjera después del 16 de agosto de 1992 mantiene en cambio la ciudadanía italiana a menos que no renuncie expresamente a ella. Las mujeres italianas casadas con ciudadanos extranjeros (no argentinos) antes del 17 de mayo de 1975, que podrían haber perdido nuestro "status civitatis", deberán demostrar con documentación emitida por las autoridades consulares del país de pertenencia del cónyuge no haber adquirido la ciudadanía de este último a raíz del matrimonio.
En caso que hayan adquirido la ciudadanía del cónyuge, podrán de todos modos readquirir nuestra ciudadanía con una simple declaración de voluntad que hay que presentar ante la autoridad consular correspondiente.
El extranjero o apátrida, del cual el padre o la madre o uno de los ascendientes en línea recta de segundo grado hayan sido ciudadanos por nacimiento puede convertirse en ciudadano italiano:
El reconocimiento, no obstante, no es automático y es decidido, caso por caso, por el "Ministero dell'Interno", tras la presentación por parte de los interesados de la documentación prescripta, según las modalidades descriptas a continuación:
Aquí podrá informarse acerca la documentación necesaria para la solicitud y renovación de pasaporte.
Documentación necesaria para la solicitud/renovacion de pasaporte
El pasaporte podrá renovarse solo dentro de los seis meses anteriores o seis meses posteriores a la fecha de vencimiento del mismo.
Las solicitudes de pasaporte nuevo o renovación del mismo deberán ser presentadas personalmente por el interesado.